Contratos de Adhesión. Ley 24.240

GRAY MATTER S.R.L — SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DE PRÉSTAMO

El que suscribe XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX DNI Nº XXXXXXXX con domicilio XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX - C.P. XXXX de la Ciudad de XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, en adelante el SOLICITANTE solicita de Gray Matter S.R.L., con domicilio en Calle y altura: La plata 148 (CP 1148) de la CIUDAD: Buenos Aires, en adelante la OTORGANTE, un préstamo para consumo sujeto a estas condiciones:

PRIMERA: MONTO. ACREDITACIÓN

El monto del préstamo será de $ XXX,XXX.XX (PESOS XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX); y será depositado por la OTORGANTE, deducido el Gasto de Otorgamiento por un 28,7% del monto solicitado y el monto equivalente al impuesto de Sellos, en la cuenta identificada con CBU Nº XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.

Todos los impuestos serán a cargo del SOLICITANTE, quien deberá reembolsarlos a la OTORGANTE si ella los abona.

La OTORGANTE puede rechazar, reducir o ampliar el monto a su criterio, sin derecho a reclamo del SOLICITANTE.

El SOLICITANTE acepta que las demoras de bancos o billeteras no serán responsabilidad de la OTORGANTE. La acreditación del monto aprobado y futuras transferencias se harán a la cuenta indicada. La primera acreditación será prueba suficiente de aceptación y vínculo contractual.

acreditación como el contrato que vincula a las partes. Si se cancela parte del préstamo antes del vencimiento, la OTORGANTE podrá liberar el cupo dentro del límite original. Las condiciones se encuadran en la Comunicación A 7508 BCRA aplicable a usuarios financieros.

SEGUNDA: FORMA DE PAGO

El SOLICITANTE se obliga a devolver la suma recibida en (XX) cuotas, de las cuales XX) cuotas serán por el valor de $ X,XXX.XX (PESOS XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XX/100 CENTAVOS) y las últimas dos cuotas por el valor de $ X,XXX.XX (PESOS XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XX/100 CENTAVOS). El monto incluye capital, intereses (TNA 173,72 %, TEA 405,64 %, CFT 134.356,79 %) devengados mensualmente e IVA sobre intereses. Amortización: sistema francés. En caso de configurarse la mora por falta de pago, se adicionarán al monto señalado los intereses punitorios, IVA sobre intereses y los gastos por gestión de cobranza detallados en la cláusula SÉPTIMA. Las cuotas serán pagaderas los días XX/XX/XXXX, XX/XX/XXXX, XX/XX/XXXX, XX/XX/XXXX, XX/XX/XXXX, XX/XX/XXXX. Los pagos se harán preferentemente por débito directo en la cuenta indicada en la cláusula PRIMERA, pudiendo la OTORGANTE debitar tantas veces como sea necesario hasta ejecutar el cobro total; o por transferencia en caso de que el débito no resulte exitoso. El SOLICITANTE hará las transferencias pactadas o derivadas de la cláusula TERCERA en tiempo y forma. El SOLICITANTE deberá pagar puntualmente y garantizar disponibilidad de fondos para tal fin. Si no paga, caerá en mora y se aplicarán punitorios, IVA e intereses (ver cláusula SÉPTIMA). La OTORGANTE informará los datos de pago por los canales previamente acordados. Todos los gastos adicionales derivados del pago serán asumidos exclusivamente por el SOLICITANTE. En caso de pago íntegro y en término de todas las cuotas previas, las últimas dos cuotas serán bonificadas, considerándose cancelada la obligación.

TERCERA: MODALIDADES

El SOLICITANTE podrá usar las siguientes facilidades vía WhatsApp desde su número o vía web, y se regirán por las condiciones informadas a través de la página web de la OTORGANTE (XXX), las que el SOLICITANTE declara conocer y aceptar, y que se consideran parte integrante de la presente Solicitud. Toda operación desde ese número se considerará hecha por el SOLICITANTE, incluso si la realiza un tercero, lo que el SOLICITANTE acepta expresamente. El SOLICITANTE asume responsabilidad por pérdida, robo o acceso indebido a su teléfono. Cada modalidad incluye simulación y costos claros, sin generar novación: a) Precancelación total del préstamo: Podrá cancelar el total en cualquier vencimiento avisando por WhatsApp o vía web. No se aplicará ningún cargo adicional por la misma. b) Operatoria: Para operar cualquiera de las modalidades previstas en esta cláusula el SOLICITANTE deberá consultar y realizar la operación mediante WhatsApp desde el número telefónico registrado previamente o via sitio web. El SOLICITANTE recibirá la simulación por WhatsApp o sitio web antes de confirmar su pedido.

CUARTA: ANTECEDENTES. COMPROMISO DE TRANSPARENCIA y BUENA FE

Se hace constar: a) El SOLICITANTE conoce los términos, rubros y esta solicitud, con copia en su poder vía web. b) Para otorgar el préstamo, la OTORGANTE considera la situación financiera del SOLICITANTE informada por el BCRA, El SOLICITANTE está en 'Situación 1' según el BCRA y lo ratifica. c) En el sitio, el SOLICITANTE podrá ver su préstamo, cuotas, saldo y modalidades. d) Las partes aceptan como válidas las comunicaciones por WhatsApp, SMS, correo u otro medio acordado, y colaborarán en el cumplimiento del contrato. e) Que el SOLICITANTE se hace responsable por el uso exclusivo de su número telefónico registrado ante la OTORGANTE para las comunicaciones vía WhatsApp y via sitio web, asumiendo y consintiendo plenamente que su aceptación expresa enviada mediante este medio quede establecida como firma electrónica convencional, obligándolo respecto de todas las acciones e instrucciones que curse por este canal, con los mismos efectos legales que una firma hológrafa. Igualmente se hace responsable por la operatoria de la cuenta bancaria o de billetera virtual por él designada, conforme cláusula PRIMERA, a los fines de la acreditación y transferencias de las sumas convenidas en este contrato. f) El SOLICITANTE acepta este contrato por WhatsApp desde su número registrado. Ambas partes guardan copia digital. g) El SOLICITANTE podrá efectuar reclamos, consultas o solicitudes mediante WhatsApp al número: +54 9 11 3649-8478, correo electrónico a: prestamosplatita@gmail.com. La OTORGANTE responderá en un plazo máximo de 72 horas hábiles. h) Que el SOLICITANTE da su conformidad y autoriza expresamente al OTORGANTE. El SOLICITANTE acepta este contrato por WhatsApp desde su número registrado; ambas partes guardan copia digital.

a: i) Informar a cualquier institución oficial o entidad privada con la cual intercambie información referente al estado de cumplimiento de pagos y situación del producto y/o servicio contratado, los datos del SOLICITANTE siempre que dicha información no se aparte de lo prescripto por las disposiciones legales vigentes. ii) Transmitir la información correspondiente a los productos y/o servicios contratados y datos personales del SOLICITANTE a terceras empresas para fines de evaluación crediticia, operativos o de guarda o almacenamiento de datos, ya sean vinculadas o no. iii) Utilizar y/o suministrar a empresas vinculadas, los datos personales del SOLICITANTE, a los fines del ofrecimiento de productos y/o servicios, y acciones de marketing en general; iv) Acceder y conocer la información crediticia que sobre él exista en la Central de Deudores del Sistema Financiero o en las Entidades de información crediticia en las formas legalmente habilitadas al efecto. v) A solicitud de cada cliente, dentro de los 10 días corridos del pedido, El OTORGANTE comunicará al mismo la última clasificación asignada junto con los fundamentos que la justifican según la evaluación realizada, el importe total de deudas con el sistema financiero y las clasificaciones asignadas que surjan de la última información disponible en la "Central de deudores del sistema financiero". Si hay error, el SOLICITANTE puede pedir corrección, supresión o actualización.

QUINTA: MORA

La falta de pago de cualquiera de las obligaciones asumidas por el SOLICITANTE lo hará incurrir en mora de pleno derecho sin necesidad de interpelación alguna; en particular, serán causales de mora: a) La inexistencia de la transferencia de alguna de las cuotas en tiempo y forma conforme a lo acordado en el presente contrato. b) El cierre de la cuenta sin acordar otra previamente con la OTORGANTE. c) El cambio de la actual condición del SOLICITANTE o el incumplimiento de cualquier otra obligación con el OTORGANTE o terceros, que afectara su solvencia moral, personal o comercial. d) La existencia de inhibiciones y/o inhabilitaciones y/o embargos que recayeran sobre el SOLICITANTE o sus bienes. e) La solicitud del SOLICITANTE de su quiebra o concurso civil, o su petición por terceros, o declaración de concurso o quiebra. f) La falsedad o inexactitud de cualquier de las declaraciones o datos personales presentados por el SOLICITANTE.

Firma solicitante: ___________________________

SEXTA: CONSECUENCIAS DE LA MORA

La mora del SOLICITANTE motivará y dará derecho a la OTORGANTE a reclamar el total adeudado que será considerado como capital de plazo vencido, con más los intereses que se calcularán a una vez y media la tasa del préstamo original que es de 960 % anual, desde la mora y hasta el efectivo pago. La OTORGANTE podrá a tal fin proceder a la ejecución del pagaré librado conforme cláusula QUINTA. La OTORGANTE podrá gestionar el cobro por WhatsApp, SMS, correo u otro medio acordado.

SÉPTIMA: COMPENSACIÓN

En la medida que sea procedente de acuerdo al artículo 921 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación y de corresponder conforme normas específicas aplicables el OTORGANTE queda facultado a compensar en todo o en parte cualquier crédito del OTORGANTE con cualquier suma de dinero en moneda local o extranjera, que por cualquier concepto o título existiera en favor del SOLICITANTE en la CTA. CTE., CA., Plazo Fijo u otro tipo de depósito independientemente de que se haya hecho o no requerimiento. A ese efecto los saldos a favor del SOLICITANTE en las cuentas corrientes y otros depósitos se considerarán líquidos y de plazo vencido para ser compensados sin intimación previa ni requisito alguno con las sumas devengadas en favor del OTORGANTE por motivo de cualquier operación de crédito. La OTORGANTE notificará luego de compensar, sin que la falta de aviso afecte su validez.

OCTAVA: ADECUACIÓN NO PREVALENCIA

Para el hipotético supuesto que alguna cláusula de las contenidas en las presentes condiciones resultara inadecuada o no plenamente compatible (sea porque hubiese quedado desactualizada en su redacción o por algún otro motivo) con alguna disposición normativa, o regla de buenas prácticas a la que hubiese adherido el OTORGANTE, este se compromete a no prevalecerse de la misma, o en su caso, aplicarla solo en la medida que resulte compatible con tales normas o reglas que resulten aplicables.

NOVENA: MODIFICACIONES

Toda modificación a los cargos administrativos y/o comisiones será notificada a través del whatsapp registrado por el SOLICITANTE en el sitio, vía SMS, correo electrónico o sitio web, con sesenta (60) días de anticipación a la fecha en que se apliquen. Los aumentos de cargos serán por nuevos servicios, mejoras o cambios de costos.

DECIMA: CONDICIÓN FISCAL

El SOLICITANTE manifiesta hallarse inscripto ante la AFIP ante el I.V.A.: CONS. FINAL a efectos de cubrir los montos adeudados a causa de la presente, el cual será incluido en las sumas a devolver conforme cláusula SEGUNDA. El SOLICITANTE deberá informar oportunamente su situación fiscal frente a AFIP. La OTORGANTE podrá efectuar las retenciones correspondientes en función de la información disponible. En caso de discrepancia, prevalecerá la información proporcionada por AFIP.

DÉCIMO PRIMERA: REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN

Ante el requerimiento del OTORGANTE o del Banco Central de la República Argentina (en adelante el "B.C.R.A.") o de la normativa vigente, el Cliente deberá informar inmediatamente sobre su estado patrimonial, proveyendo la documentación que lo fundamente. El Cliente autoriza al OTORGANTE a verificar por los medios que considere convenientes la corrección de los datos que le hubiere proporcionado en relación con la solicitud de productos y/o servicios.

DECIMO SEGUNDA: CONFORMIDAD

El OTORGANTE podrá ceder libremente los derechos resultantes de la presente, sin que ello pueda implicar modificación alguna de las obligaciones asumidas por el SOLICITANTE, quien presta a esos efectos su conformidad. En los casos que la cesión se realice de conformidad con lo previsto en los arts. 70, 71 y 72 de la ley 24.441 no será requisito la notificación al solicitante.

DÉCIMO TERCERA: DECLARACIÓN JURADA

El SOLICITANTE jura que sus datos enviados por WhatsApp y sitio web son correctos y actuales, ratificando íntegramente mediante la firma del anexo adjunto.

DÉCIMO CUARTA: COMPETENCIA. DOMICILIOS

Para todos los efectos de la presente, las partes se someten a la competencia del Fuero Justicia Nacional en lo Comercial de la Capital Federal y constituyen domicilios especiales en los indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones que deban practicarse, sin perjuicio de lo convenido en la cláusula CUARTA (apartado d).

DÉCIMO QUINTA: PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

GRAY MATTER S.R.L, posee una estricta POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, que tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en sus Bases de Datos, para garantizar el derecho al honor y la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad con lo prescripto por el art. 43 de la Constitución Nacional. Esta política cumple con la Ley 25.326 y su reglamentación, que regula la actividad de las Bases de Datos que registran información de carácter personal. Finalizada la relación contractual, la OTORGANTE conservará los datos personales del SOLICITANTE únicamente por el plazo legal requerido. Cumplido dicho plazo, procederá a su destrucción, salvo obligación legal de conservación. Durante ese período los datos quedarán inactivos y no se utilizarán para ningún otro fin GRAY MATTER S.R.L asume el carácter de Responsable Registrado, ya que ha cumplimentado todos los requisitos de licitud que exige la ley. El SOLICITANTE, titular de los datos personales, tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley No 25.326. El SOLICITANTE puede acceder, actualizar, cancelar o rectificar sus datos y ser informado de su cesión. contactando a GRAY MATTER S.R.L a través del correo prestamosplatita@gmail.com o bien por escrito a XXX de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. No obstante, GRAY MATTER S.R.L podrá informar a las distintas empresas y/u organismos dedicados a la recopilación de información crediticia y/o financiera sobre el estado de las deudas contraídas por parte del SOLICITANTE con GRAY MATTER S.R.L sin previo aviso, lo cual es consentido por el SOLICITANTE mediante la suscripción de la presente. El SOLICITANTE consiente expresamente el tratamiento de sus datos personales conforme lo detallado.

DECIMO SEXTA: RÉGIMEN DE TRANSPARENCIA

El SOLICITANTE puede consultar el "Régimen de Transparencia" elaborado por el Banco Central sobre la base de la información proporcionada por los sujetos obligados a fin de comparar los costos, características y requisitos de los productos y servicios financieros, ingresando a http://www.bcra.gob.ar/BCRAyVos/Regimen_de_transparencia.asp.

DÉCIMO SÉPTIMA: DERECHO DE REVOCACIÓN

El SOLICITANTE podrá ejercer su derecho de revocación dentro de los diez (10) días hábiles desde la fecha de acreditación del préstamo, a través del canal digital identificado como "Botón de Arrepentimiento", disponible en el sitio web de la OTORGANTE o por los medios digitales que ésta indique. La revocación será sin costos, siempre que no se haya transferido el dinero. En caso contrario, deberá devolver todo el dinero sin intereses ni penalidades.

Antes del contrato, la OTORGANTE entregó al SOLICITANTE un resumen claro y completo por medios digitales, conforme a lo establecido en el artículo 4° de la Ley 24.240. El SOLICITANTE declara haber recibido y comprendido dicha información antes de prestar su conformidad.

Este contrato será válido desde su aceptación por firma, firma digital o mensaje desde el número registrado, con valor legal equivalente a firma ológrafa.

Firma solicitante: ___________________________